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๐ฟ๐๐๐ฃ๐ ๐๐๐จ๐ฉ๐๐ง๐.CIUDAD DE MรXICO.โEl Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Naciรณn (SCJN) invalidรณ la primera parte del Plan B de la reforma electoral impulsada por el presidente Andrรฉs Manuel Lรณpez Obrador.
Una mayorรญa de 9 ministros, coincidiรณ en que la premura con la que actuaron los diputados y senadores de Morena impidiรณ a todo el Poder Legislativo realizar un debate libre y democrรกtico para poder aprobar las reformas a la Ley General de Comunicaciรณn Social y la Ley General de Responsabilidades Administrativas que componen la primera parte del llamado Plan B de la reforma electoral.
Los ministros que anunciaron los votos suficientes para invalidar el decreto de reforma, fueron: Margarita Rรญos Farjat, Juan Luis Gonzรกlez Alcรกntara Carrancรก, Alfredo Gutiรฉrrez Ortiz Mena, Arturo Zaldรญvar Lelo de Larrea, Luis Marรญa Aguilar Morales, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Javier Laynez Potisek, la ministra presidenta Norma Piรฑa y el ministro ponente, Alberto Pรฉrez Dayรกn.
En consecuencia, de cara al proceso electoral de 2024, estas dos leyes permanecerรกn como estaban antes de la reforma, es decir, el tope de gasto para comunicaciรณn social y el blindaje para servidores pรบblicos que realicen proselitismo no aplicarรก para la sucesiรณn presidencial.
En su proyecto, Pรฉrez Dayรกn seรฑalรณ que la votaciรณn apresurada con la que se aprobรณ la iniciativa presentada por el Presidente de la Repรบblica, generรณ violaciones graves al procedimiento legislativo โno superablesโ.
โEl cรบmulo de irregularidades y violaciones a los Reglamentos de cada Cรกmara en las que se incurriรณ durante el procedimiento legislativo que culminรณ con la aprobaciรณn del Decreto impugnado, conllevan una afectaciรณn sustancial a los valores centrales de la dimensiรณn deliberativa de la democracia representativa, particularmente, en cuanto a la necesidad de resguardar el debido proceso, el respeto a los derechos de las minorรญas parlamentarias, la libertad de expresiรณn que asiste a cada uno de los legisladores, asรญ como su derecho al voto, de forma tal que ningรบn parlamentario sea excluido del proceso deliberativo, aspectos que en el presente caso impidieron que existiera un debate abierto e informado por parte de todos los integrantes del cuerpo legislativoโ, seรฑala el proyecto.
La ministra Rรญos Farjat destacรณ que la urgencia para votar iniciativas legislativas debe ser una medida excepcional, lo que no ocurriรณ en el caso de la primera parte del Plan B de la reforma electoral.
โEl trรกmite urgente es una medida excepcional que limita la capacidad deliberativa del รณrgano legislativo, por lo que no puede operar como una regla, sino que en todo momento debe ser una excepciรณn para casos donde seguir el trรกmite legislativo ordinario pudiera generar una afectaciรณn a la sociedadโ, indicรณ durante su intervenciรณn.
โEn este caso no se dieron razones ni se acreditaron los extremos que ese artรญculo requiere para que se proceda directamente a la discusiรณn y aprobaciรณn sin pasar por comisiones. De hecho, a mi parecer esta falta debiรณ observarse desde la propia cรกmara de diputados y no veo que haya sido asรญ.
Este hecho anula por completo la capacidad deliberativa del รณrgano parlamentario, pues el trรกmite como โurgenteโ de un asunto no puede llegar al extremo de impedir a diputados y senadores de contar con el tiempo suficiente para conocer el material que se somete a su aprobaciรณnโ.
Gonzรกlez Alcรกntara Carrancรก destacรณ que la Corte debe garantizar la representatividad y democracia de la funciรณn legislativa y que el proceso que realizรณ la Cรกmara de Diputados para aprobar el decreto impugnado anulรณ la posibilidad de deliberaciรณn de los legisladores.
โLas violaciones al procedimiento legislativo para aprobar al Plan B son de tal gravedad que equivalen a una perversiรณn del sistema democrรกticoโ, afirmรณ el ministro Aguilar Morales.
El ministro Zaldรญvar explicรณ que en anteriores ocasiones ha votado por invalidar leyes por violaciones graves al procedimiento legislativo y afirmรณ que esta no es la excepciรณn.
โNo hay constancia de la publicaciรณn previa conforme marcan las normas correspondientes y tampoco tenemos constancia de que haya sido del conocimiento de las diputadas y diputados con antelaciรณn. Este simple hecho es suficiente para considerar que existieron violaciones graves al procedimientoโ, seรฑalรณ.
โMe parece que se privรณ a los diputados y diputadas, de todas las fracciones parlamentarias, pero principalmente a los que pertenecen a los grupos minoritarios de participar en un debate en condiciones de igualdad y libertadโ.
El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo indicรณ incluso que la forma en la que los legisladores votaron la reforma, anulรณ a todas las fuerzas polรญticas.
La ministra presidenta, Norma Piรฑa advirtiรณ que las reformas impugnadas tienen una complejidad tรฉcnica considerable al incidir en diversas materias como la electoral y la administrativa, entre otras, mismas que no pudieron conocerse por todos los legisladores con el tiempo necesario para analizarse y deliberar adecuadamente.
โEsta situaciรณn de desconocimiento de lo que se votarรก al igual que el tramite urgente del proceso legislativo son causas invalidantes del mismoโ, precisรณ.
"No se cumplen con las condiciones mรญnimas de la deliberaciรณn parlamentaria pues el trรกmite apresurado provoca que no se conozca en su totalidad la iniciativaโ.
Las ministras Yasmรญn Esquivel y Loretta Ortiz votaron en contra del proyecto de Pรฉrez Dayรกn pese a que reconocieron la existencia de violaciones al procedimiento legislativo pues consideraron que las mismas no eran suficientes para invalidar la reforma.(๐ฑ๐ณ๐ฐ๐ค๐ฆ๐ด๐ฐ.๐ค๐ฐ๐ฎ.๐ฎ๐น).
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