ARTÍCULO
Acapulco y su bando mocho
porque van de acuerdo a base de salarios mínimos y de 15 a 30 días de multas que realizarán con un grupo de trabajadores de varias dependencias y la Secretaria de Seguridad Pública, quienes recorrerán la ciudad “aplicando la ley” a quienes sean sorprendidos arrojando basura en las calles y quiénes dejen bolsas de plástico en las banquetas.
Bravo alcaldesa por la omisión de haberse tardado tanto y darse cuenta que existe un Bando de Policía y Gobierno vigente que establece los derechos y obligaciones de la población, así como, las conductas infractoras y sus sanciones para preservar el orden público y los valores universales, reza el Bando, que descansa como letra muerta en su no aplicación e inobservancia del gobernante y gobernado.
No es que estemos descubriendo el “hilo negro y el agua tibia”, pero en Acapulco siempre ha sido así; tolerancia, laxitud u omisión de la autoridad en la aplicación del Artículo 18.- Los vecinos del Municipio tendrán las siguientes obligaciones, en su fracciones:
XII. Utilizar adecuadamente los servicios públicos municipales, procurando su
conservación y mejoramiento;
XIII. Denunciar ante la autoridad municipal a quien se sorprenda robando o destruyendo mobiliario urbano;
XIV. No arrojar basura, desechos sólidos o líquidos, ni solventes tales como: gasolina, gas lp, petróleo y sustancias tóxicas o explosivas a los ríos,
arroyos, barrancas, canales pluviales, playas, mar, alcantarillas, pozos de
visita, cajas de válvulas, parques, jardines, vía pública y, en general, a las instalaciones de agua potable y drenaje;
XV. Vacunar a los animales domésticos de su propiedad y evitar que deambulen sin vigilancia y cuidado en lugares públicos.
XVI. Observar en todos sus actos respeto a la dignidad humana y a las buenas costumbres;
XVII. No ingerir bebidas alcohólicas en la vía pública, unidades deportivas, y dentro de misceláneas y tiendas de abarrotes y, en general, cualquier
establecimiento comercial no autorizado para la venta y consumo de bebidas embriagantes;
XVIII. Solicitar a la autoridad municipal el permiso para realizar festividades particulares o religiosas en la vía pública;
XIX. Dejar el espacio suficiente al frente de su domicilio, negocio y predios de su propiedad o posesión para la construcción de guarniciones y aceras;
Artículo 124.- Queda terminantemente prohibido ocupar la vía pública para efectuar actos de comercio, salvo el que se ejercite de manera ambulante y en los términos, condiciones y circunscripción territorial que señale el reglamento de mercados...Artículo 125.- Queda prohibido ejercer el comercio ambulante o establecer puestos fijos o semifijos en las zonas turísticas:
I. El Boulevard de las Naciones; II. La Carretera Escénica; III.
La Avenida Costera Miguel Alemán, desde La Base Naval a Caleta;
IV. Caleta y Caletilla; V. Av. López Matéos desde Caletilla a La Quebrada; VI. LA PLAZA ÁLVAREZ y sus calles adyacentes; VII. El primer cuadro de la ciudad, confirmado por las calles de: La Quebrada, Benito Juárez. Tte. Azueta, José Ma. Iglesias, Ignacio de la Llave, Escudero, Galeana, Morelos, 5 de Mayo, Mina, Velázquez de León, Roberto Posada, Carranza y Cuauhtémoc Centro, y IX. Todos los accesos a playas del Municipio.
Como podremos observar, la lista de las obligaciones de los ciudadanos es suficiente para que, “el ayuntamiento se vuelva rico” y millonario, digo yo, si se aplica la ley en la violación diaria y cotidiana del “bando mocho” del Municipio de Acapulco.
Esteban Valdeolívar S.
Seguramente “cansada” la alcaldesa Adela Román Ocampo, de observar puntos negros de basura tirada y dispersa en las esquinas de nuestra ciudad y zona rural, finalmente anunció el programa “Acapulco Limpio y Querido” que contempla, entre otras acciones, “aplicar sanciones administrativas en contra de personas que arrojen basura a la vía pública”.
La alcaldesa dijo que “el ayuntamiento se volverá rico” con las multas que se aplica
rán,Seguramente “cansada” la alcaldesa Adela Román Ocampo, de observar puntos negros de basura tirada y dispersa en las esquinas de nuestra ciudad y zona rural, finalmente anunció el programa “Acapulco Limpio y Querido” que contempla, entre otras acciones, “aplicar sanciones administrativas en contra de personas que arrojen basura a la vía pública”.
La alcaldesa dijo que “el ayuntamiento se volverá rico” con las multas que se aplica
porque van de acuerdo a base de salarios mínimos y de 15 a 30 días de multas que realizarán con un grupo de trabajadores de varias dependencias y la Secretaria de Seguridad Pública, quienes recorrerán la ciudad “aplicando la ley” a quienes sean sorprendidos arrojando basura en las calles y quiénes dejen bolsas de plástico en las banquetas.
Bravo alcaldesa por la omisión de haberse tardado tanto y darse cuenta que existe un Bando de Policía y Gobierno vigente que establece los derechos y obligaciones de la población, así como, las conductas infractoras y sus sanciones para preservar el orden público y los valores universales, reza el Bando, que descansa como letra muerta en su no aplicación e inobservancia del gobernante y gobernado.
No es que estemos descubriendo el “hilo negro y el agua tibia”, pero en Acapulco siempre ha sido así; tolerancia, laxitud u omisión de la autoridad en la aplicación del Artículo 18.- Los vecinos del Municipio tendrán las siguientes obligaciones, en su fracciones:
XII. Utilizar adecuadamente los servicios públicos municipales, procurando su
conservación y mejoramiento;
XIII. Denunciar ante la autoridad municipal a quien se sorprenda robando o destruyendo mobiliario urbano;
XIV. No arrojar basura, desechos sólidos o líquidos, ni solventes tales como: gasolina, gas lp, petróleo y sustancias tóxicas o explosivas a los ríos,
arroyos, barrancas, canales pluviales, playas, mar, alcantarillas, pozos de
visita, cajas de válvulas, parques, jardines, vía pública y, en general, a las instalaciones de agua potable y drenaje;
XV. Vacunar a los animales domésticos de su propiedad y evitar que deambulen sin vigilancia y cuidado en lugares públicos.
XVI. Observar en todos sus actos respeto a la dignidad humana y a las buenas costumbres;
XVII. No ingerir bebidas alcohólicas en la vía pública, unidades deportivas, y dentro de misceláneas y tiendas de abarrotes y, en general, cualquier
establecimiento comercial no autorizado para la venta y consumo de bebidas embriagantes;
XVIII. Solicitar a la autoridad municipal el permiso para realizar festividades particulares o religiosas en la vía pública;
XIX. Dejar el espacio suficiente al frente de su domicilio, negocio y predios de su propiedad o posesión para la construcción de guarniciones y aceras;
Artículo 124.- Queda terminantemente prohibido ocupar la vía pública para efectuar actos de comercio, salvo el que se ejercite de manera ambulante y en los términos, condiciones y circunscripción territorial que señale el reglamento de mercados...Artículo 125.- Queda prohibido ejercer el comercio ambulante o establecer puestos fijos o semifijos en las zonas turísticas:
I. El Boulevard de las Naciones; II. La Carretera Escénica; III.
La Avenida Costera Miguel Alemán, desde La Base Naval a Caleta;
IV. Caleta y Caletilla; V. Av. López Matéos desde Caletilla a La Quebrada; VI. LA PLAZA ÁLVAREZ y sus calles adyacentes; VII. El primer cuadro de la ciudad, confirmado por las calles de: La Quebrada, Benito Juárez. Tte. Azueta, José Ma. Iglesias, Ignacio de la Llave, Escudero, Galeana, Morelos, 5 de Mayo, Mina, Velázquez de León, Roberto Posada, Carranza y Cuauhtémoc Centro, y IX. Todos los accesos a playas del Municipio.
Como podremos observar, la lista de las obligaciones de los ciudadanos es suficiente para que, “el ayuntamiento se vuelva rico” y millonario, digo yo, si se aplica la ley en la violación diaria y cotidiana del “bando mocho” del Municipio de Acapulco.
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