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Hacer expedientes IECR
sujetos obligados:ITAIGro
Los comisionados que integran el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Estado de Guerrero (ITAIGro), aprobaron un exhorto dirigido a los Sujetos Obligados de la entidad, para que elaboren, publiquen en la Plataforma Nacional (PTN), en su página web  y notifiquen al órgano garante, sus índices de expedientes clasificados como reservados (IECR).
La propuesta aprobada, fue emitida por la comisionada Mariana Contreras Soto,  quien expuso ante el pleno la necesidad de que estos expedientes clasificados como reservados “los publiquen en la Plataforma Nacional de Transparencia en su página web y notifiquen a este órgano garante en los términos establecidos  en los lineamientos de clasificación y desclasificación de la información así como para la elaboración de versiones públicas del estado de Guerrero”, en un plazo de 10 días hábiles.

La lista de sujetos obligados que no han elaborado sus índices de expedientes, será publicada en una lista para su conocimiento.
Durante la sesión número 4 de tipo ordinaria, la comisionada Mariana Contreras también propuso el acuerdo para amonestar públicamente a los Sujetos Obligados que no entregaron su informe anual de solicitudes de Protección de Datos Personales del año 2018, en consideración a la reciente habilitación del ejercicio de derechos ARCO en la Plataforma Nacional de Transparencia durante el año antes señalado,  y en caso de omisión se procederá como lo marca el artículo 163 de la Ley General de Datos Personales en posesión de los Sujetos Obligados, propuesta respaldada por los Comisionados Pedro Delfino Arzeta García y Francisco Gonzalo Tapia Gutiérrez.
“Se da este exhorto en virtud de que es la primera vez que se ha solicitado este informe anual, y por consiguiente se está teniendo consideración con los titulares por principio el exhorto, por ser el requerimiento inicial del informe anual por única ocasión se exhorta a los titulares de las unidades de Transparencia de los Sujetos Obligados faltantes para que entreguen su informe anual en un plazo no mayor a 10 días hábiles”, y agrego que la lista de Sujetos obligados faltantes se publicara en un lista en donde se podrá consultar la información conducente.
Durante esta misma sesión, se admitieron a trámite seis recursos de revisión dirigidos a Sujetos Obligados que de acuerdo a la fracción VI del artículo 162 de la Ley 207 de Transparencia que señala la falta de respuesta a una solicitud de información.
En tanto que en otros tres casos, se aprobó prevenir a los solicitantes de información debido a que no fueron claros al señalar el acto que se recurre y las razones o motivos de la inconformidad como lo marca el artículo 163 de la Ley 207 de Transparencia en sus fracciones V y VI.

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