NOTA

Crea la PGR una  fiscalía
pero sin los  involucrados
La Procuraduría General de la República (PGR), crea la Fiscalía Especializada en Investigación de los Delitos de Desaparición Forzada sin la participación de las familias y con serias deficiencias, denunció hoy mediante comunicado de prensa Movimiento por Nuestros Desaparecidos en México (Movimiento).
El comunicado hecho llegar la tarde de hoy lunes a la redacción de La Crónica, Vespertino de Chilpancingo, afirmaron que la elaboración y promulgación del Acuerdo
sin participación de las familias vulnera el principio establecido en la Ley General de participación conjunta.
Indicaron que las autoridades tienen la obligación de permitir la colaboración directa de las familias en todo el proceso de diseño institucional para la adecuada implementación de la Ley.
Recordaron que desde el año 2015 el Movimiento por Nuestros Desaparecidos en México (Movimiento) negociamos y trabajamos con las diferentes instancias de gobierno para garantizar que la Ley General sobre Desaparición Forzada y Desaparición por Particulares (Ley) cuente con herramientas útiles y eficaces para la búsqueda, localización e identificación de las personas desaparecidos.
Informaron que el pasado 16 de noviembre de 2017 se promulgó la Ley en un evento en donde familias del Movimiento estuvimos presentes y el presidente, Enrique Peña Nieto, instruyó a todas las instancias de gobierno a implementar la Ley y hacerlo con la participación de las familias.
Añadieron, que en ese sentido deseamos manifestar nuestro extrañamiento en el actuar de la Procuraduría General de la República (PGR) que el pasado 16 de febrero emitió el acuerdo que crea la Fiscalía Especializada en Investigación de los Delitos de Desaparición Forzada y sus atribuciones y no contempló a las familias en el proceso, lo cual es sumamente preocupante porque hay deficiencias.
Entre las deficiencias  está que la Ley señala que la Fiscalía Especializada debe contar con personal ministerial, policial, pericial y de apoyo psicosocial, suficiente pero el Acuerdo no garantiza ello ni se menciona nada al respecto.
Sólo contempla el perfil del Titular de la Fiscalía Especializada, estableciendo solamente los requisitos de ingreso, perfil y nombramiento del titular. No dice nada sobre los fiscales, quienes deberían entrar a un servicio profesional de carrera. Tampoco hay un tiempo límite para que el Procurador proponga a la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia, que se establezca el perfil para el Titular y los fiscales.
En tanto no haya una Comisión Nacional de Búsqueda (CNB) operando, le debe seguir correspondiendo a la Fiscalía Especializada realizar en su totalidad las diligencias tanto de búsqueda de personas desaparecidas, como de la investigación de los casos, de lo contrario se está dejando a las familias y a las personas desaparecidas desprotegidas.
Tampoco se establece un régimen de transición que contemple y se ajuste los tiempos de la implementación de la Ley. Por otra parte, la búsqueda y la investigación de acuerdo con la Ley deben seguir conectadas, y desde la Fiscalía Especializada se debe impulsar ciertas acciones de búsqueda, sin embargo, esto no se ve reflejado en el acuerdo.
El nuevo acuerdo no establece la colaboración en investigaciones que no son propias, es decir sobre desapariciones, por lo que se restringe la intervención de la Fiscalía Especializada para otros casos donde haya pluralidad de conductas delictivas o sea del fuero local.
Señalaron que la Ley establece que la Comisión Nacional de Búsqueda y las Comisiones Locales de Búsqueda ejecutarán las acciones de búsqueda de personas desaparecidas de forma conjunta, coordinada y simultánea; sin embargo, el nuevo acuerdo no establece que la Fiscalía debe coordinarse con las Comisiones Locales de Búsqueda, pese a que resulta indispensable la coordinación con dichas entidades.
Tampoco se aclara que la Fiscalía Especializada debe recibir y atender las solicitudes de los grupos de búsqueda de la CNB para realizar actos de investigación específicos.
Por último comentan que es grave que no se establezcan los criterios o parámetros para determinar con claridad cuando la Fiscalía Especializada en Investigación de los Delitos de Desaparición Forzada será la competente para investigar y cuándo otra Fiscalía Especializada de la PGR.

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