BOLETÍN
Ternas para magistrados
sea del TSJ, dice diputado
sea del TSJ, dice diputado
El diputado Sebastián de la Rosa Peláez presentó dos iniciativas de reformas para establecer que la terna para elegir a magistrados sea propuesta por el Pleno del propio Tribunal, y la designación y ratificación de servidores públicos sea a cargo del Congreso del Estado, acorde a las responsabilidades que dicte el cargo.
Las reformas son a la Constitución Política local y a la Ley Orgánica del Poder Legislativo, con el objetivo de construir un esquema de distribución de facultades que fortalezca
el equilibrio entre los poderes públicos y, a su vez, abonar al camino hacia la transparencia y participación de la sociedad en los asuntos públicos, porque eso fortalecerá la democracia en la entidad.Las reformas son a la Constitución Política local y a la Ley Orgánica del Poder Legislativo, con el objetivo de construir un esquema de distribución de facultades que fortalezca
El legislador dijo que las iniciativas de reformas que presentó se deben a que existe un deterioro de la función pública, derivada de un proceso no adecuado en la designación, nombramiento o ratificación de los servidores públicos, porque no se define en función de su perfil profesional, aptitud y actitud, sino más bien corresponden a la correlación del poder público en turno.
Dijo que el nombramiento de los magistrados, a cargo del gobernador, niega explícitamente la división de poderes, convirtiéndose en una facultad meta-constitucional que es proclive a construir una relación de sujeción y supeditación de un poder a otro; por ello es que la terna debe proponerla el Pleno del propio Tribunal y ser designado por el Congreso local.
Agregó que actualmente no existe un procedimiento que señale qué criterios debe tomar el Ejecutivo estatal para realizar la terna para el nombramiento de magistrados, y no prevén criterios de transparencia en cuanto a algún proceso de escrutinio entre quienes cursan la carrera judicial, o algún mecanismo de evaluación que permita valorar el perfil profesional, honorabilidad y compromiso del aspirante en su vida pública, incluso privada.
Tampoco existe una etapa de consulta ciudadana, ya sea entre los organismos gremiales u organizaciones sociales involucrados en la materia, de los cuales se puedan obtener observaciones, evaluaciones y recomendaciones pertinentes a considerar para el nombramiento.
“Las modificaciones a la Constitución Política Local y a la Ley Orgánica del Poder Legislativo es para responder al reclamo ciudadano y para garantizar un ejercicio de la función pública que responda a las necesidades que vive nuestra entidad”, puntualizó De la Rosa Peláez.
Las iniciativas fueron turnadas a la Comisión de Estudios Constitucionales y Jurídicos para su análisis y dictaminación.
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