PRINCIPAL DE PRIMERA PLANA
Profepa:Construyen hospital
sin cambio de uso de suelo
Javier Francisco Reyes.ACAPULCO, GRO.—Las autoridades de la Secretaría Salud Federal y la empresa Ingeniería y Control de Proyectos, S. A. de C. V., no acreditan la propiedad del terreno de 0.439 hectáreas en el que se construye el nuevo hospital general de Acapulco del poblado de El Quemado, mucho menos la autorización de cambio de uso de suelo como lo exige la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA).
La Crónica, Vespertino de Chilpancingo, conoció que la obra tendría 120 camas y se ubica en el poblado de El Quemado, no cumple ninguna de las tres medidas ordenadas en la Resolución Administrativa.
Hasta hoy jueves, los responsables de la obra no acreditan la propiedad del predio de 0.439 hectáreas donde se construye el nosocomio que ha sido anunciado con bombo y platillo por los tres niveles de gobierno.
Tampoco se ha presentado ni ejecutado un Programa de Reforestación con especies de la región, en una superficie de una hectárea afectada por la remoción de la vegetación forestal de selva baja caducifolia por la obra.
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) realizó una visita de inspección al Proyecto Nuevo Hospital General que se construye en el poblado de El Quemado, Municipio de Acapulco de Juárez, Guerrero, donde constató que aún no cuenta con el permiso correspondiente de cambio de uso de suelo que emite la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).
La explicación es que se tiene que cumplir el procedimiento administrativo instaurado, y el personal de la PROFEPA en la entidad constató que la Secretaria de Salud Federal y la Empresa Ingeniería y Control de Proyectos, S. A. de C. V., responsables de la obra que tendrá 120 camas, no cumplen ninguna de las tres medidas ordenadas en la Resolución Administrativa.
En primera instancia no se cuenta aún con la autorización expedida por la SEMARNAT, para la realización del cambio de uso de suelo en una área de 0.439 hectáreas, superficie afectada por la remoción de la vegetación forestal de selva baja caducifolia con el apercibimiento que de no presentar dicha autorización, deberá restaurar el área afectada para dejarla como estaba antes de realizar las obras detectadas al momento de la visita (estado original).
Cabe destacar que sólo se presentó copia del acuse del ingreso del trámite ante SEMARNAT, de fecha 16 de diciembre de 2015, mismo que fue rechazado por no acreditar la propiedad del predio.
Asimismo, no se ha cumplido con al programa de ejecución de las medidas correctivas, de restauración y compensación contempladas en el Dictamen Técnico y en el complemento al Dictamen Técnico de la superficie afectada por el cambio de uso de suelo, en el plazo contemplado en el calendario de actividades, debiendo informar mensualmente sus avances a partir de la notificación de la resolución administrativa del 2 de julio de 2015.
Tampoco se ha presentado ni ejecutado un Programa de Reforestación con especies de la región, en una superficie de una hectárea en el lugar de la obra, como se establece en la resolución administrativa, toda vez que la reforestación realizada al momento se encuentran en áreas internas dentro del proyecto, donde posiblemente la siembra de árboles mayores no es recomendable.
Para realizar el cambio de uso de suelo en terrenos forestales, es imprescindible contar con la autorización emitida por la SEMARNAT, de acuerdo al artículo 163 lo anterior es una clara infracción a la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.
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