PRIMERA PLANA
Ordena el TEPJ al IEPC registre
al Partido de los Pobres de Gro.
MEXICO, D.F.--El magistrado, Pedro Esteban Penagos López, sostuvo que “le asiste la razón a la organización actora, cuando afirma que fueron atendidas las observaciones sobre la modificación de sus Estatutos y la realización cuando menos de 30 asambleas municipales a las que debían de asistir un mínimo de 200 personas inscritas en la Lista Nominal de Electores.
Por mandato del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el aún Instituto Electoral de Participación Ciudadana del Estado (IEPC) de Guerrero, deberá realizar “las actividades necesarias” para que el Partido de los Pobres de esa entidad pueda participar en los comicios del próximo año.
Para sustentar su ponencia, el magistrado, Pedro Esteban Penagos López, sostuvo que “le asiste la razón a la organización actora, cuando afirma que fueron atendidas las observaciones sobre la modificación de sus Estatutos y la realización cuando menos de 30 asambleas municipales a las que debían de asistir un mínimo de 200 personas inscritas en la Lista Nominal de Electores.
“Por todo esto, en el presente asunto se propone revocar la resolución impugnada y ordenar al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero que lleve a cabo las actividades necesarias a fin de que se otorgue el registro a la Agrupación Política “Partido de los Pobres de Guerrero” como tal, como partido, sin perjuicio de las atribuciones que tiene la autoridad administrativa electoral atinentes a revisar con posterioridad la constitucionalidad de los documentos básicos correspondientes. Esto es, se propone en el caso el registro como partido político de una agrupación que venía desempeñándose con tal naturaleza, el “Partido de los Pobres de Guerrero”.
Para explicar porque la intervención en este asunto de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el magistrado, Flavio Galván Rivera, dijo que si este expediente se devolviera al Tribunal de Guerrero para que resolviera de manera completa e integral, la agrupación perdería varios días y con ello, la posibilidad de participar en el próximo procedimiento electoral.
“Es un caso o un ejemplo de justicia pronta, completa, imparcial, quizá en una circunstancia ordinaria, no en la extraordinaria en que estamos, se hubiese devuelto el expediente para que fuera el Tribunal Electoral del Estado de Guerrero el que asumiera su responsabilidad, calificara las constancias de autos, como ya hizo en la sentencia la Sala de Segunda Instancia, y resolver en plenitud de jurisdicción sobre este registro.
Sin embargo la propuesta es en una circunstancia extraordinaria, el procedimiento electoral en el Estado, como en otros Estados de la República, inicia en la primera semana del mes octubre próximo, estamos a poco menos de 30 días de que inicie el procedimiento electoral.
Una vez que los magistrados votaron de manera unánime en favor del Partido de los Pobres de Guerrero, el magistrado presidente, José Alejandro Luna Ramos, dicto la sentencia correspondiente.
“Se ordena al Instituto Electoral de Participación Ciudadana de la referida entidad, lleve a cabo las actividades necesarias a fin de otorgar el registro a la agrupación política actora, como partido político estatal, sin perjuicio de sus atribuciones respecto de la revisión de la constitucionalidad de los documentos básicos correspondientes.
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