PRIMERA PLANA
Debe aprobar senado reforma
de fuero militar y desapariciones
MEXICO, D.F., a 24 de julio de 2013.-Ante el reinicio de las discusiones en el Senado sobre las reformas pendientes en materia de jurisdicción militar y desaparición forzada de personas, los organismos civiles de derechos humanos mediante un desplegado firmado están instando al Senado priorizar la aprobación de las modificaciones necesarias, con base en las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y los criterios establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
La reforma del fuero militar ha sido una demanda permanente de las víctimas que se han visto obligadas a buscar infructuosamente justicia ante instancias carentes de competencia, así como de los organismos de la sociedad civil que han acompañado dichos procesos.
En los últimos años, esta demanda ha adquirido mayor relevancia dado el incremento de las violaciones a derechos humanos cometidas por militares y marinos, que en su mayoría permanecen impunes.
Esta demanda ha sido respaldada por las recomendaciones de numerosos organismos internacionales de derechos humanos y, sobre todo, por la emisión de las sentencias dictadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en los casos Rosendo Radilla Pacheco, Inés Fernández Ortega, Valentina Rosendo Cantú, así como en el caso Rodolfo Montiel Flores y Teodoro Cabrera García (“Campesinos Ecologistas”).
En dichas resoluciones, el máximo Tribunal Interamericano determinó que la legislación mexicana en materia de fuero militar contraviene la Convención Americana sobre Derechos Humanos por permitir que en esa jurisdicción se investiguen y procesen delitos que no lesionan primordialmente bienes jurídicos castrenses. Vale la pena destacar que la Corte Interamericana ordenó también que fuera modificado el juicio de amparo para permitir a las víctimas impugnar la extensión de la jurisdicción militar en casos ajenos a su competencia, lo que ya fue atendido en la reciente reforma en la materia, mostrando que las modificaciones ordenadas en tribunales internacionales son factibles cuando hay voluntad para ello.
Por su parte, la Suprema Corte de Justicia de la Nación también se ha pronunciado en este sentido, favoreciendo el cumplimiento de decisiones internacionales en el fuero interno. Como es de conocimiento público, durante el mes de agosto de 2012 en casos como el amparo en revisión 133/2012, relativo a la ejecución extrajudicial de Bonfilio Rubio Villegas, el Pleno de la SCJN determinó por una clara mayoría que el artículo 57, fracción II, inciso a), del Código de Justicia Militar es inconstitucional.
A la luz de estos antecedentes, es claro que la reforma del fuero militar es urgente. En el marco del reinicio de las discusiones en la materia por parte del Senado, la Comisión de Justicia ha hecho público en su página de internet un proyecto de dictamen. El proyecto publicado abre una nueva oportunidad para avanzar en el cumplimiento de las obligaciones internacionales del Estado mexicano.
En este sentido, la propuesta publicada constituye un avance muy significativo hacia el cumplimiento de los estándares internacionales respecto de la restricción del fuero militar en casos que involucren a civiles o que se relacionen con violaciones a derechos humanos.
No obstante, aún quedan aspectos relevantes que no se contemplan en el proyecto de dictamen y que deben ser modificados. En particular, el actual artículo 435 del CJM, concerniente a la facultad de declarar que un asunto pertenece o no al fuero militar, pues tal facultad debe recaer únicamente en instancias civiles, quienes podrán declinar la competencia en el único caso en que el delito sea referente a la disciplina militar. Este y otros aspectos deben mejorarse en el debate legislativo, sin detrimento del avance del proceso, por lo que allegaremos elementos técnicos a ese efecto.
Los organismos de derechos humanos que firmamos el presente, saludamos tanto la publicación del proyecto como el anuncio de que se realizarán audiencias públicas, a iniciativa de la Comisión de Justicia, con participación de la sociedad civil y otros actores interesados, con el fin de enriquecer el dictamen y fomentar la transparencia en una reforma fundamental para la vigencia de los derechos humanos en nuestro país. En ambos casos, puede tratarse de ejercicios que abran espacios a la deliberación democrática.
De igual forma, las organizaciones de la sociedad civil que suscribimos el presente boletín llamamos al Senado a priorizar el avance de la reforma al Código de Justicia Militar, pues ello permitirá que el Estado mexicano presente avances en el cumplimiento de sus obligaciones al comparecer ante la comunidad internacional durante el Examen Periódico Universal de la ONU, a realizarse en octubre de este año. Cabe resaltar que México fue evaluado en 2009 mediante este mismo mecanismo, siendo el fuero militar uno de los principales temas abordados y que el Estado mexicano rechazó aceptar sus recomendaciones.
Entre las organizaciones firmantes el Centro de Derechos Humanos “Miguel Agustín Pro Juárez” (Centro Prodh); Centro de Derechos Humanos de la Montaña “Tlachinollan”; Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL); Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de Derechos Humanos (CMDPDH); Equis, Justicia para las Mujeres; Fundar, Centro de Análisis e Investigación; y la Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos “Todos los Derechos para Todos y Todas” (conformada por 73 organizaciones en 20 estados de la República Mexicana).
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