BOLETIN
CG:Sin posibilidades de
retroceso con LAIPEG
(Prensa-ITAIG).- A pesar de las inercias, a seis años de haberse instituido el derecho de acceso a la información pública en el estado de Guerrero, y a dos de haber entrado en vigor la Ley Número 374 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero e instalarse nuestro Órgano Garante como Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en nuestro estado, los derechos fundamentales del acceso a la información y de la protección de los datos personales de todas las personas, constituyen un gran avance sin posibilidad de retroceso .
El 30 de julio se cumplen seis años de haberse constituido el derecho de acceso a la información y la protección de los datos personales en el Estado de Guerrero, con la promulgación primero de la Ley 568 de Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero (LAIPEG) y la actual legislación numero 374 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero (LTAIPEG).
Desde el 11 de junio del año 2006, el Estado de Guerrero entró a una nueva etapa de transformación de rendición de cuentas y transparencia, toda vez que ese día, con la entrada en vigor de la ley que tutela el Derecho al Acceso a la Información y de la protección de los datos personales de todo ciudadano, se inició un camino sin retroceso posible.
A la fecha, suman seis años de haberse instituido ese derecho en el Estado de Guerrero, aunque fue hasta el 30 de julio del año 2010, cuando se deroga la Ley número 568 y se aprueba la nueva Ley numero 374 de Transparencia y Acceso a la Información Publica del Estado de Guerrero, fortaleciéndose esa prerrogativa.
Hoy en día este derecho fluye más, debido a que las personas ya no necesitan presentar ninguna identificación para solicitar información, y además se puede solicitar vía Internet, teniendo la oportunidad de interponer el recurso de revisión ante el Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero (ITAIG), si ésta no les es otorgada en tiempo o la respuesta por los denominados Sujetos Obligados no está completa o existe alguna inconformidad de parte de las personas solicitantes de información.
Además de fortalecer el Derecho de Acceso a la Información Pública, con la entrada en vigor de la Ley Número 374 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero, con la que se abrogó la anterior Ley Número 568 y extinguió a la CAIPEGRO, se creó al Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero, conocido como (ITAIG), festejando ya dos años de haberse instalado, cuyo el objetivo principal del ITAIG es, el garantizar el acceso de toda persona a la información y a la protección de los datos personales en posesión de los tres poderes del gobierno: Legislativo, Ejecutivo y Judicial, así como de los Ayuntamientos, Órganos Públicos Autónomos y todas las dependencias inherentes.
El Consejero Presidente del ITAIG, Marcos Ignacio Cueva González, ha comentado que la actual Ley Número 374 se encuentra a la vanguardia de las demás Leyes de la Republica Mexicana, la que contempla, entre otras cosas: 1.- El principio de máxima publicidad y disponibilidad que deben observar los sujetos obligados, 2.- Ya no se requiere presentar ninguna identificación para solicitar información, 3.- Regula de una manera más estricta la protección de los datos personales que contempla el acceso, rectificación, corrección y oposición, (llamados derechos ARCO), 4.- Toda la información pública se puede solicitar vía Internet o por cualquier otro medio, además de que por esta misma vía Internet se puede interponer el recurso de revisión correspondiente ante el ITAIG, en caso de que no se esté de acuerdo con las respuestas.
Asimismo, la actual Ley contempla la información pública de oficio establecida en el artículo 13 de la LETAIPEG; así como un listado de información adicional que deben observar los Sujetos Obligados como el Poder Judicial, Legislativo, Ejecutivo, Ayuntamientos, y Organismos Autónomos como la UAG, obligando además a personas físicas o morales a transparentar los recursos públicos recibidos a través de los sujetos obligados, así como a los partidos políticos a través del Instituto Electoral del Estado de Guerrero.
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